Un Código de Trabajo para el futuro: Participación, derechos y justicia social en Cuba

Del 8 de septiembre al 30 de noviembre, según se ha informado por los medios de comunicación, se desarrollará el proceso de discusión del anteproyecto de Código de Trabajo con los colectivos laborales. Este hecho constituye un hito en la participación de trabajadores y trabajadoras, pues tendrán la oportunidad de expresar de manera directa sus opiniones sobre la norma que regulará sus derechos y deberes.

No todos los países ofrecen a sus ciudadanos un espacio de consulta tan amplio. En Cuba, este proceso es un ejemplo de democracia participativa en el ámbito laboral. El debate no es meramente formal, pues lo que allí se discuta puede modificar el contenido final del Código que será aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular. En consecuencia, cada opinión importa, y cada propuesta puede marcar el futuro de la legislación laboral.

Este proceso abre la posibilidad de reflexionar sobre un aspecto esencial: el trabajo es mucho más que empleo y salario; es parte de la dignidad, la justicia social y el proyecto de vida de cada persona.

De la Constitución al día a día: ¿qué cambia con el nuevo Código?

El anteproyecto del Código de Trabajo está precedido de un estudio profundo de legislaciones de la región, de la doctrina laboral y de las normas internacionales que influyen en la protección de los trabajadores. La Declaración de Principios y Derechos Fundamentales del Trabajo de la OIT, por ejemplo, tiene aplicación universal y se incorpora como referente.

Un elemento clave ha sido la actualización de la legislación laboral en correspondencia con la Constitución de 2019, lo cual da coherencia y legitimidad al nuevo texto. Además, se moderniza la estructura del Código, que ahora se organiza en Libros, Títulos, Capítulos y Secciones, permitiendo localizar de manera más rápida lo que se necesita consultar.

El anteproyecto también se nutre de políticas nacionales que apuntan a la equidad y la justicia social, como el Programa Nacional para el Adelanto de las Mujeres, el programa “Color cubano” contra la discriminación racial, y el Macroprograma “Desarrollo Humano, Equidad y Justicia Social”. Esto demuestra que el nuevo Código no surge de forma aislada, sino en sintonía con estrategias de mayor alcance.

Otro aspecto de gran relevancia es la simplificación de la legislación laboral. Al integrar en un mismo texto normas sustantivas y procesales, se garantiza mayor estabilidad en el tiempo y uniformidad en la aplicación, sin necesidad de constantes modificaciones que resten eficacia a la norma.

Un Código organizado para ser comprendido y aplicado

En la preparación de los colectivos laborales que participarán en la consulta, funcionarios de la Central de Trabajadores de Cuba y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social han explicado la estructura general del anteproyecto:

Libro Primero: Principios, objetivos y derechos fundamentales. Incluye la prohibición del trabajo infantil, el trabajo forzoso, la discriminación, la violencia y el acoso en el ámbito laboral.

Libro Segundo: Relaciones individuales de trabajo. Regula el contrato de trabajo, la permanencia, la promoción y terminación, así como los regímenes de trabajo y descanso. También abarca el teletrabajo, la protección frente a interrupciones laborales y la justicia laboral, permitiendo a trabajadores acudir a tribunales para dirimir conflictos.

Libro Tercero: Relaciones colectivas de trabajo. Reconoce la participación de los trabajadores en la gestión de sus entidades, la negociación colectiva y la concertación de convenios colectivos.

Libro Cuarto: Administración del trabajo. Define las funciones de los órganos rectores, en particular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de la Inspección del Trabajo.

La organización por Libros no solo facilita la labor de especialistas, sino que también acerca el derecho a la ciudadanía, haciendo más sencillo el acceso a la información.

Del papel constitucional a la vida cotidiana del trabajador

La Constitución de 2019 otorgó rango supremo a los derechos laborales, integrándolos en el Título V sobre Derechos, Deberes y Garantías. Desde el derecho a un empleo digno hasta la protección frente a la discriminación, la norma fundamental del país establece un marco que el nuevo Código debe concretar en la práctica.

Un ejemplo significativo es el Artículo 31, que define el trabajo como “un derecho, un deber social y un motivo de honor”. Allí se resalta que el empleo remunerado debe ser fuente principal de ingresos, a la vez que se complementa con servicios sociales universales que aseguran condiciones de vida dignas.

Lo importante ahora es preguntarse: ¿cómo se traduce este mandato constitucional en la vida diaria de un trabajador o trabajadora? El nuevo Código busca dar respuesta a esa pregunta, convirtiendo principios generales en realidades tangibles: salarios justos, vacaciones pagadas, licencias parentales, igualdad de oportunidades y protección frente a riesgos.

Juventud, género y cuidados: el rostro social del nuevo Código

El anteproyecto introduce cambios significativos en temas sociales. Entre ellos:

Juventud: se eleva la edad laboral de 17 a 18 años con plenos derechos, reforzando la protección contra el trabajo infantil y garantizando condiciones justas a los adolescentes de 15 a 18 años.

Género: no se limita a la protección especial a la mujer trabajadora en su condición de madre, sino que incorpora un enfoque de género que permite conciliar trabajo y familia, otorgando facilidades como licencias, trabajo a domicilio y teletrabajo.

Cuidados: se articula con el Sistema Nacional para el Cuidado Integral de la Vida (Decreto 109/2024), reconociendo la necesidad de corresponsabilidad social en el cuidado de menores, personas con discapacidad y adultos mayores.

Este enfoque social del Código demuestra que el trabajo no puede entenderse aislado de la vida familiar ni de las responsabilidades comunitarias. Es un avance hacia un modelo de desarrollo que reconoce los cuidados como un derecho y una tarea compartida.

El reto: un Código vivo que represente a quienes sostienen la sociedad

El anteproyecto del Código de Trabajo incorpora principios universales: respeto a los derechos laborales como derechos humanos, irrenunciables e imprescriptibles; acceso de las personas a la justicia; y protección a todos los sectores, sin importar si se trabaja en lo estatal, privado o cooperativo.

Sin embargo, la verdadera legitimidad del Código dependerá de la participación popular. Si el debate logra recoger las inquietudes de las y los trabajadores, el resultado será un texto vivo, conectado con las necesidades reales del país. De lo contrario, sería apenas una norma escrita.

Hoy más que nunca, es necesario recordar que el mayor recurso de la sociedad no es el capital ni la tecnología, sino las personas que con su esfuerzo diario garantizan bienes, servicios y proyectos colectivos. El futuro del trabajo en Cuba se escribe entre todos, y este proceso de consulta es la prueba de que la ley puede y debe construirse con la voz de quienes la hacen realidad cada día.

Otros artículos del autor:

Cuba
Colaboradores:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *