
La finalidad de este Reglamento es controlar las acciones de manejo de los productos químicos peligrosos —entendidos como todos los que se utilicen en el país, con excepción de los plaguicidas y los fertilizantes—, y de los desechos que se generan con el objetivo de reducir al mínimo los riesgos que puedan provocar a la salud humana y al medioambiente.
El documento oficial aclara que para poder hacer efectivo este control se implementa el Registro Nacional de productos químicos peligrosos y el régimen de licencia ambiental para todas las acciones de manejo de desechos peligrosos que se pretendan realizar.
Considera como autoridad competente a la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, responsable de habilitar el Registro Nacional y de otorgar las licencias, incluyendo la aprobación y control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos.
La Resolución señala las obligaciones de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, que son objeto de control por este Reglamento, destacando que deben tomar las medidas necesarias que garanticen la protección y seguridad de la salud humana.
Las solicitudes de registro o de licencia ambiental deben ser presentadas por escrito, en idioma español y debe estar firmada y acuñada, si es correspondiente, por el máximo representante de la institución que pretenda desplegar cualquier actividad relacionada con el manejo de productos químicos peligrosos.
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