Tras ocho meses de los decretos 30 y 31

EL tema relacionado con la imposición, cobro y pago de las multas siempre ha constituido un asunto polémico en la sociedad. La multa es un correctivo que aplica una autoridad sobre quienes han infringido alguna norma y en no pocos casos la situación se prolonga más allá de los plazos iniciales, pues a menudo ocurre que el infractor no asume la responsabilidad del hecho sancionado.

De igual manera en disímiles oportunidades se ha comprobado la razón del trasgresor a partir del recurso de apelación presentado ante la autoridad actuante y ha sido cancelada la sanción.

En el actual contexto de la nación, caracterizado por el impulso de la Tarea Ordenamiento y el enfrentamiento a la covid 19, ha traído consigo la promulgación de los Decretos 30 y 31, en la Gaceta Oficial extraordinaria número ocho de la República de Cuba, el 29 de enero del presente año.

El Decreto 30 trata sobre las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas, y los precios especulativos y abusivos.

Por su parte, el Decreto 31 aborda las infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y el enfrentamiento de la covid 19 y deroga el Decreto 14 del 2020.

Desde su puesta en vigor en febrero y hasta el cierre de septiembre, según los datos facilitados por la Oficina de Control y Cobro de Multas del territorio, en el Decreto 30 se impusieron 279 multas por un importe de un millón 195 760 pesos ($).

De ellas 121 fueron pagadas por un monto de $ 524 100, mientras otras siete están pasadas de fecha y su cuantía se ha duplicado ascendiendo a
$ 71 000. Por localidad los infractores se ubican tres en Pueblo Nuevo, dos de 26 de Julio y uno de Argelia Libre y de La Fe, respectivamente.

Unos 12 casos fueron cancelados tras el recurso de apelación interpuesto por las personas ante la autoridad actuante y 125 ciudadanos saldan por convenio de pago.

Esta constituye una facilidad adicional que los deudores pueden aprovechar para liquidar su obligación de una manera más asequible, pues se ejecuta por mensualidades tras establecer el contrato con la Oficina.

En relación con el Decreto 31 la cifra de multas asciende a 2 217 por un importe de cuatro millones 124 700, se   han  pagado 1 613 con un monto de dos millones 751 200; 150 están pasadas de fecha con su valor duplicado; 254 ciudadanos lo hacen por convenio de pago y 176 casos han sido cancelados tras el recurso de apelación.

El término de pago de las contravenciones se extiende hasta 30 días naturales, si no ejecutan el desembolso o establecen contratos con la Oficina, el importe se duplica y se disponen de otros 30 días para liquidar la deuda de forma voluntaria.

Transcurrido ese período comienza la vía de apremio y se incurre en el delito de incumplimiento de la obligación de pagar las contravenciones, establecido por el artículo 170/1 del Código Penal.

La Oficina, según aseguró su jefe Antonio Maqueira Rodríguez, está en la obligación de visitar al deudor, hacer operativos con la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y en el caso que lo requiera establecer la denuncia en la PNR, instancia en la cual se hace el expediente en fase preparatoria y es presentado al Tribunal.

Hasta la fecha cinco deudores fueron presentados a los tribunales con un monto de 23 multas y todos fueron sancionados a seis meses de privación de libertad.

Mientras la pandemia estuvo en su punto más alto de contagios en el Municipio, fueron impuestas un mayor número de multas, sin embargo hoy los niveles han experimentado una disminución.

El colectivo de la Oficina de Control y Cobro de Multas mantiene una labor constante, visitan vivienda a vivienda y coordinan con las autoridades para asegurar a cada proceso el tratamiento requerido.

Otros artículos del autor:

COVID-19 Isla de la Juventud Isla de la Juventud Opinión
Yuniesky La Rosa Pérez
Yuniesky La Rosa Pérez

Licenciado en Comunicación Social en la universidad Jesús Montané Oropesa, Isla de la Juventud

Colaboradores:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *