Mientras analiza el caso, Corte Suprema de EEUU aprueba veto migratorio a países árabes

Donald Trump muestra la orden ejecutiva que intenta impedir la entrada a EEUU de ciertos países árabes, en enero de este año. Foto: Getty Images.

Partes de la orden del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, sobre la prohibición de viajes hacia este país de ciudadanos de seis naciones musulmanas entran en vigor a partir de las 20:00 hora local.

Hace tres días, la Corte Suprema de Justicia aceptó el caso sobre el veto y decidió implementar parcialmente la medida que busca impedir durante 90 días la entrada de nacionales de Irán, Siria, Libia, Sudán, Yemen y Somalia; y por cuatro meses la llegada de refugiados de cualquier origen.

Varios tribunales de distrito y de apelaciones decidieron bloquear la aplicación del decreto a nivel nacional por considerar que discrimina a los musulmanes y viola el principio constitucional de libertad religiosa.

Sin embargo, la Corte Suprema determinó que mientras decide sobre el caso comenzaría a impedirse el arribo a Estados Unidos de viajeros de dichos países que no tengan familiares en territorio norteamericano o que no hayan tramitado su ingreso para asumir un puesto de trabajo.

La revisión de este asunto será durante el próximo término judicial del Tribunal Supremo, que va desde octubre venidero a junio de 2018.

A partir de la decisión de la Corte Suprema se generaron disímiles interpretaciones sobre si los posibles beneficiarios serían solamente familiares de primer grado, personas admitidas en centros educacionales o contratadas por empresas estadounidenses.

Según las directrices enviadas ayer a embajadas y consulados estadounidenses, citadas por medios locales de prensa, los solicitantes de visa deberán probar su relación con un padre, cónyuge, hijo, yerno, nuera o hermano en Estados Unidos para obtener el permiso.

Al mismo tiempo, quedan excluidos de esa posibilidad abuelos, nietos, tíos, sobrinos, primos, cuñados y cualquier otro miembro de la denominada familia extendida.

Los criterios del Departamento de Estado también se aplicarán a los refugiados que actualmente están pendientes de aprobación para ser admitidos en Estados Unidos.

David Lapan, portavoz del Departamento de Seguridad Nacional, manifestó a la televisora CNN que la orden ejecutiva no afectará a las personas que lleguen a los puertos de entrada con documentos legítimos de viaje.

La orden ejecutiva de Donald Trump indica:

  • La suspensión del Programa de Admisión de Refugiados a Estados Unidos durante 120 días
  • La prohibición indefinida de refugiados sirios
  • Una suspensión de 90 días de cualquier persona que llegue a Estados Unidos procedente de estos siete países de mayoría musulmana: Irak, Siria, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. Algunas categorías de visados, como las de diplomáticos y de la ONU, no están incluidas en la suspensión.
  • Se dará prioridad a las minorías religiosas que enfrenten persecución en sus países. En una entrevista Trump señaló a los cristianos en Siria.
  • Se impondrá un límite de 50.000 refugiados que serán aceptados en 2017. El expresidente Barack Obama había impuesto un límite de 110.000.
  • La suspensión del Programa de Exención de Entrevista para Visa, que permite a los funcionarios consulares eximir a ciertos solicitantes de presentarse a una entrevista cara a cara para renovar sus visas temporales.
  • Se podrán hacer excepciones a la mayoría de las restricciones sobre una base individual.

Sepa más sobre la orden ejecutiva de Trump

(Con información de Prensa Latina)

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